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lunes, 27 de mayo de 2013

NUEVA LEY DE EMPRENDEDORES

  • Hacienda podrá embargar el hogar, pero los acreedores privados, no.
  • Más deducciones y facilidades para crear una empresa.
  • Las empresas que facturen menos de 10 millones podrán deducirse un 10% de los beneficios cuando se reinviertan en la actividad económica.
  • Los emprendedores pagarán una "tarifa plana" de 50 euros en las cotizaciones.





   El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes 24 mayo 2013 el anteproyecto de ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para promover y agilizar la creación de empresas.


   La intención de esta ley, que se tramitará de urgencia en el Parlamento, es "facilitar la cultura y la iniciativa emprendedora", "facilitar la segunda oportunidad" y "garantizar que los currículos en la enseñanza primaria y secundaria incorporen competencias en emprendimiento".

   La entrada en vigor se desconoce todavía. Ofrecemos una doble visión según dos medios como son El Mundo y el Diario ABC, y la interpretación que da cada uno sobre la nueva ley.

SEGÚN DIARIO ABC.

Las 10 claves para entenderla y saber cómo afectará a los pequeños empresarios.


Responsabilidad limitada del emprendedor. Los emprendedores no tendrán que responder con su vivienda habitual hasta un límite de 300.000 euros de las deudas derivadas de su actividad empresarial.

Los empresarios con deudas hasta los cinco millones de euros podrán acudir a una vía extrajudicial de negociación en vez de al concurso de acreedores.

El Gobierno facilitará la residencia a los extranjeros inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores o científicos o trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas. El Gobierno ha subido a 500.000 euros, frente a los 160.000 euros anunciados inicialmente, la condición para otorgar el permiso de residencia a compradores foráneos. Además, prevé otorgar el permiso de residencia a los foráneos que compren deuda pública por importe superior a dos millones de euros.

Las pymes se beneficiarán del criterio de caja y tendrán la posibilidad de aplazar el pago del IVA hasta que el empresario o autónomo haya cobrado su factura. El Gobierno calcula que esta medida beneficiará a casi 1,3 millones de autónomos y a más de un millón de pymes.

Los emprendedores tendrán tributación definitiva de los beneficios invertidos y no distribuidos se situará en el 15%, frente al tipo general del 25% y la reducción del 20% en el IRPF. También aquellos que aporten capital a una empresa de nueva creación podrán deducirse un 20% en el IRPF. Se crea la figura de la «sociedad limitada de formación sucesiva» que permitirá crear una sociedad limitada con una aportación inicial inferior a los 3.000 euros que se exigen actualmente y se establece que el 20% de los beneficios deben ir a reservas legales.

Se reducen las cuotas a la Seguridad Social para los que realizan actividades económicas y tienen que cotizar por otro régimen para despenalizar la pluriactividad. También se concederán reducciones de hasta el 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social para la contratación por parte de autónomos y pequeñas empresas.

Flexibilización de las cédulas de internacionalización y creación de los bonos de internacionalización para favorecer las exportaciones.

Aligerar las trabas administrativas. Cada carga administrativa introducida deberá compensarse con, al menos, la eliminación de una carga de coste equivalente.

Agilización en la apertura de empresas mediante la centralización de todos los trámites para reducir el plazo de creación de negocios (actualmente en una media de 28 días) a entre 24 y 48 horas.

Inculcar la cultura emprendedora en todas las etapas educativas. El Gobierno pretende incluir competencias en emprendimiento en la enseñanza primaria y secundaria y se impulsará un mayor acercamiento de la universidad a la cultura emprendedora.

SEGÚN DIARIO "EL MUNDO"
Éstas son las medidas más relevantes de la nueva ley de emprendedores.

El pequeño emprendedor no lo perderá todo. Se ha creado una nueva figura mercantil: el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL). Este emprendedor no pagará las deudas de su empresa con su vivienda habitual si el valor del hogar no supera los 300.000 euros. A cambio, para proteger a sus acreedores, "se arbitran las oportunas medidas de publicidad registral de la limitación de responsabilidad". No obstante, hay una excepción: si las deudas son con la administración (obligaciones de Derecho Público), la limitación de responsabilidad del emprendedor no se aplicará y podría perder el hogar. Por otra parte, para autónomos y emprendedores de responsabilidad limitada, se amplía de uno a dos años del plazo que media entre la notificación de la primera diligencia de embargo y la realización material de la subasta cuando el bien enajenado sea la residencia habitual y el embargo lo haga Hacienda o la Seguridad Social.

Pluriempleado. El Gobierno reducirá las cuotas a la Seguridad Social cuando se cotice en el Régimen General y se deba cotizar también en otro régimen a tiempo completo al tener una actividad económica alternativa. El Ejecutivo quiere estimular así nuevas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Sin embargo, no explica el alcance de la reducción de las cotizaciones.

Más barato montar una empresa. La nueva ley ha creado un nuevo subtipo societario: la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, que debería poder crearse en veinticuatro horas con un coste de cuarenta euros. Estas podrán tener un capital inferior a 3.000 euros y funcionarán con un régimen idéntico al de las sociedades de responsabilidad limitada. La diferencia es que tendrán ciertas protecciones para los intereses de terceros. Por ejemplo se limitará a la retribución de socios y administradores, quienes tendrán más responsabilidad en caso de liquidación. El Gobierno no ha detallado más de esta figura.

Quita en la deuda, salvo con Hacienda. El anteproyecto de Ley prevé un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios, ya sean personas físicas o jurídicas, ante un registrador mercantil o un notario que a su vez designarán a "un profesional idóneo e independiente" que impulse el acuerdo. En el caso de las deudas con acreedores privados, la Ley prevé que puedan pactarse quitas de hasta el 25% de los préstamos y esperas de hasta tres años. En el caso de las administraciones, como Hacienda y la Seguridad Social, no habrá quitas y sólo se podrá aplazar el pago. El acuerdo extrajudicial tampoco afectará a los préstamos con una garantía "especialísima", como la garantía real. En este caso el bien dejado como aval responde por la deuda.

Más flexibilidad, menos control. El Gobierno eleva el umbral en el que se exige la clasificación de las empresas para realizar contratos de obras y servicios públicos. Esta clasificación implica que las empresas deben justificar anualmente su solvencia económica y financiera y, cada tres años, su solvencia técnica y profesional. En los contratos de obras se elevará este mínimo de 350.000 a 500.000 euros, mientras que en los servicios se incrementará de 120.000 a 200.000 euros. La garantía en los contratos de obra se podrá realizar con la retención en el precio. Además se acortan de 12 a 6 meses los plazos para devolver las garantías si la adjudicataria es una pyme. La administración podrá rescindir el contrato con las pymes en seis meses en vez de los ocho que había de plazo hasta ahora.

Sin pagar el IVA hasta no cobrar la factura. Podrán acogerse al criterio de caja en el pago del IVA aquellos autónomos y pymes que no facturen más de dos millones de euros. Esto significa que podrán optar por retrasar el devengo (momento en el que se realiza la operación) y la declaración e ingreso del IVA repercutido (el impuesto una vez añadido a la factura) hasta el momento de cobro, "total o parcial", al cliente. No obstante, retardar el pago del IVA supondrá igualmente atrasar la deducción del impuesto soportado en sus adquisiciones a los proveedores.

Papeleo. Las Administraciones Públicas deberán eliminar, "al menos", una carga administrativa por cada una nueva que introduzcan. Funerarias, autoescuelas, escuelas de enseñanza, joyerías y servicios recreativos y culturales no necesitarán licencias municipales. Se eleva a 500 metros cuadrados la superficie liberada antes de pedir permiso a los ayuntamientos. Las empresas con menos de 50 trabajadores sólo contestarán una encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE) en su primer año de actividad. Las empresas no tendrán que tener un libro de visitas en cada centro laboral a disposición de Inspección de Trabajo. El Gobierno no concreta hasta qué umbral elevará el máximo para formular el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados, así como aquellas empresas que están exentas de formular el estado de flujos de efectivo.

Incentivos fiscales. Las empresas que facturen menos de 10 millones podrán deducirse un 10% de los beneficios cuando se reinviertan en la actividad económica. Las deducciones por I+D+i de un ejercicio no quedarán sometidas a ningún límite en la cuota íntegra del Impuesto Sobre Sociedades y podrán recuperarse con un límite de tres millones de euros anuales "si bien con una tasa de descuento respecto al importe inicialmente previsto de la deducción, siempre que se mantengan las actividades de I+D y el empleo". En el caso de las rentas procedentes "de determinados activos intangibles", que el Gobierno no concreta, el incentivo recaerá sobre la renta neta derivada del activo cedido y no sobre los ingresos procedentes del mismo.

'Inversor ángel'. Los 'inversores ángeles' (Business Angels, en inglés), mecenas de los emprendedores, disfrutarán de una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF por su inversión al entrar en la sociedad. La base máxima será de 20.000 euros anuales. Asimismo disfrutarán de una exención total de sus plusvalías al salir de la sociedad. Para ello tendrán que reinvertir el dinero en una sociedad nueva o de reciente creación.

Residencia para inversores del Este. El Gobierno facilitará la concesión del permiso de residencia a aquellos extranjeros que compren viviendas por encima de 500.000 euros, medida con la que el Ejecutivo espera atraer fortunas de países como Rusia y China.

Trámite por Internet. La Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales crearán una plataforma digital, "Emprende en 3", para realizar los trámites con estas administraciones simultáneamente.

lunes, 20 de mayo de 2013

LOS BANCOS DENIEGAN EL 70% DE LOS CRÉDITOS

   La tasa de concesión de préstamos se ha desplomado del 45 al 30% desde 2006 y ha caído en todos los sectores.

   La crisis ha supuesto un cierre casi total del grifo del crédito a la economía productiva. Ésta denuncia, proclamada desde hace años por empresas y familias españolas, ya tiene cifras. Tras alcanzar su pico máximo (45%) en 2006, la tasa de concesión de créditos en España se ha desplomado hasta el 30% en la actualidad. Es decir, de cada diez créditos que piden las empresas se dan 3 y se niegan 7.

   Si durante la burbuja las empresas obtenían casi la mitad de los créditos que pedían, ahora esta cifra apenas supone un tercio, tal como señala el Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España correspondiente a mayo de 2013. Esta variación supone, en la práctica, que las empresas españolas, o bien no acceden a nuevos créditos, o si acceden es con peores condiciones.


   La restricción crediticia es mayor en las entidades nacionalizadas. Así Bankia, CatalunyaCaixa y Novagalicia solo conceden un 20% de los préstamos que les solicitan. 80% de créditos es la tasa de rechazo del crédito entre las entidades financieras nacionalizadas.


Imprescindible para crecer.

   Si en algo coinciden tanto los sindicatos como la patronal (y las autoridades europeas) es en que el crecimiento económico es casi imposible si no vuelve a circular crédito. Tenemos claro que el principal problema de este país es la falta de financiación para pequeñas y medianas empresas, y desgraciadamente el flujo del crédito decrece cada trimestre.

   Lo ideal sería apostar por una serie de medidas que abran el grifo: obligar a que las entidades con ayudas públicas destinen un porcentaje de crédito a las pymes, permitir a las empresas pagar el IVA  con criterio de caja (es decir, cuando se haya hecho efectivo el cobro, permitiendo así un aumento del 10% de la liquidez) y cumplir de una vez por todas con las leyes de morosidad en las administraciones.

Cae en todos los sectores.

   Si no hay crédito, no será por falta de ayudas públicas puestas a disposición de los bancos. Pese a los casi 600.000 millones de euros que se han inyectado a las entidades, el crédito no ha hecho sino caer en España. El crédito a empresas no financieras (excluyendo constructoras) ha descendido un 5,6% en el último año, que se suma a la caída registrada ya en 2011, del 3,7%. Si añadimos las empresas del sector del ladrillo, el desplome en estos 2 años sería más del 30%.

Las familias también han visto recortado su acceso a nueva financiación. 

   Las personas físicas han visto descender un 4,9% el crédito en 2012; que se suma a otro 2,8% de caída en 2011. Y es que el crédito se ha reducido en más de 136.000 millones de euros desde que comenzó el proceso de reestructuración financiera (era FROB) en España.

   Solo las administraciones públicas, que han aumentado un 52% sus necesidades financieras, acceden hoy mejor que nunca a la financiación.

lunes, 13 de mayo de 2013

RENOVAR NUESTRO MÓVIL


   Cuantas son las facilidades que encontramos para dar de alta una línea móvil y, sin embargo, que difícil es la renovación del terminal sin que te vacíen los bolsillos. A la hora de decidir con qué compañía vamos a contratar nuestro servicio de telefonía móvil, entran en juego muchas variables, una de ellas es la facilidad con la que podremos renovar el móvil.

   Todas las compañías cuentan con un programa de puntos que otorga al cliente descuentos sobre los terminales, en base a su consumo mensual. Aunque podemos encontrar algunas similitudes entre ellos, en realidad cada compañía nos ofrece condiciones diferentes que debemos conocer a la hora de escoger la oferta para renovar nuestro móvil.

   Hace unos años, bastaba con el famoso amago de portabilidad para lograr un nuevo terminal a un coste muy reducido. Con la aparición de los smartphones, se produjo un incremento en el coste de los terminales y, al mismo tiempo, un aumento en la demanda por parte de los clientes. Estos cambios hicieron que el clásico programa de puntos empezara a resultar poco rentable y las compañías han optado por ofrecer otras alternativas para que sus clientes puedan cambiar de móvil.

   En aquellos casos en los que sí se mantiene la subvención de terminales, esta se ha visto reducida considerablemente. El único operador que mantiene este sistema es Orange, que ha encarecido su oferta, haciendo que sean necesarios más puntos que en años pasados, y que actualmente ofrece el Renove Estilo Orange, que garantiza la adquisición de un terminal al precio que lo haría un cliente recien llegado. Vodafone, sin embargo, ha reducido el sistema de subvención a ciertos terminales, ofreciendo un sistema de financiación para el resto de los casos. Eso mismo ha hecho Movistar, que ha sustituido por completo el programa de puntos, por la financiación sin intereses de los terminales, otorgando cierto descuento en base al consumo del cliente.

   Pero debemos saber que, como siempre, todo tiene su letra pequeña y es importante conocerla. En los casos de subvención de terminales, los puntos que vamos adquiriendo en base al consumo, tienen caducidad. Normalmente, dicha caducidad es de tres años, pero es importante que tengamos presente cuando se produce, para no quedarnos sin esos puntos a la hora de renovar el terminal.

   Por lo general, el sistema de obtención de puntos se basa en dos criterios: el consumo, por el que obtenemos un punto por cada euro de consumo; y la antigüedad, en cuyo caso no hay un criterio uniforme, sino que todas las compañías otorgan, de forma impredecible, puntos adicionales u ofertas basadas en los años que llevas con ellos.

   En el caso de la financiación de terminales, hay algunos aspectos que debemos considerar. En primer lugar, y al igual que en el caso de las subvenciones, la renovación va acompañada de un compromiso de permanencia, que actualmente las compañías están fijando en 24 meses.

   También es importante saber que la financiación de los terminales es subcontratada a un tercero. Por tanto, nuestro acuerdo de financiación no será con nuestra compañía, sino con una empresa financiadora. Esto es importante porque no todos los clientes logran obtener la financiación deseada. La empresa financiadora es quien toma la decisión acerca de a qué clientes y hasta que cantidad financiar. El problema que se deriva de este sistema es que esto es algo que el comercial no nos dirá, y tratará de animarnos a que contratemos la renovación y la tarifa correspondiente.

   Generalmente, nos pedirán nuestro consentimiento al nuevo contrato y a la renovación del terminal, sin saber si la empresa financiadora pondrá alguna traba. En caso de que nos sea denegada la financiación, podemos encontrarnos con un contrato, con nuestra compañía de telefonía, en el que adquirimos un nuevo terminal y aceptamos un compromiso de permanencia, pero en el que es posible que se recoja que en caso de negativa de la financiadora, deberemos abonar el terminal al contado.

   La reciente creación de nuevas tarifas y servicios, ha originado que, en muchos casos, la renovación del móvil, ya sea por medio de subvención o a través de un sistema de financiación, vaya acompañada de un cambio en la tarifa contratada o de un compromiso de consumo mínimo mensual. Algunas de las compañías segmentan su catálogo, haciendo que solo sea posible adquirir determinados terminales contratando una tarifa concreta, que les garantizará cierto nivel de consumo por parte del cliente.

   Después de estos cambios en la subvención de terminales, han cobrado interés algunas compañías que ni subvencioinan, ni financian terminales. Hablamos en este caso de los OMV's (Operadores Móviles Virtuales). Son compañías que prestan servicio mediante el alquiler de la línea a otras compañías y que basan su estrategia en ofrecer precios bajos y no comprometer al cliente. Ofrecen terminales libres sin ayuda económica alguna, pero a cambio no exigen ningún compromiso de permanencia a sus clientes.
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